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Núm.Col./Núm.Vol.: /
Núm.Edición: 1
La prestación cuyo cumplimiento corresponde (de modo característico) al mandatario tiene como contenido un hacer por cuenta ajena entra por tanto en el ámbito de la noción jurídica de trabajo entendida esta en sentido lato. Es indudable que el contenido de la prestación del mandatario es un facere: es la propia ley la que dice expresamente que tal prestación consiste en la `realización de uno o varios actos...` esto es en una actividad. Pero es poco preciso el alcance de ese elemento cualificador del facere que es su finalidad por cuenta ajena. Es necesario ante todo dedicar algunas palabras a este tema tomando posición en la controversia que sobre el mismo se ha producido y que aún hoy no puede considerarse totalmente zanjada. La fórmula `por cuenta ajena` revela paladinamente su origen contable en el ámbito de las relaciones comerciales: un comerciante que obre por cuenta de tercero abre una cuenta y anota las partidas activas y pasivas relativas al negocio acreditando o adeudando al titular de la cuenta el saldo activo o pasivo