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Núm.Col./Núm.Vol.: /
Núm.Edición: 1
En la primera mitad del siglo XX las relaciones del orden legal con el más amplio orden social se convirtieron sin lugar a duda en una preocupación jurídica y jurisprudencial central (quizá la principal). Se dirigió la atención en forma creciente a los efectos de la ley sobre el complejo de actitudes humanas de comportamiento de organización del medio de habilidades y de los poderes relacionados con el mantenimiento de sociedades determinadas o tipos de sociedades; y a la inversa a los efectos de éstas sobre el orden legal específico. En la medida en que un orden legal particular es en sí mismo parte del orden social en que surge las interrelaciones que comprende incluyen las influencias de elementos extrajurídicos del orden social sobre la formación operación cambio y rompimiento del orden legal así como las influencias del orden legal (o partes específicas tipos y estados del orden legal) sobre estos elementos extrajurídicos. En su mayoría aunque no exclusivamente estas inquisiciones han sido impulsadas bajo la bandera de la jurisprudencia sociológica en el continente europeo. Es de la naturaleza y del alcance de esta inquietud en el aspecto jurídico.